El B.O.C.M. Núm. 51 del Martes 2 de Marzo de 2010 publica la Orden de 15 de febrero de 2010, por la que se modifica la Orden de 3 de marzo de 2009, por la que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa “Innoempresa”, de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Madrid 2009-2013, y se realiza la convocatoria para el año 2010 para determinadas tipologías de proyectos o actuaciones.
Objeto de la convocatoria
Modificar la Orden de 3 de marzo de 2009, por la que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa “Innoempresa”, de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Madrid 2009-2013, y efectuar la convocatoria de estas ayudas para el año 2010.
Beneficiarios
Podrán acogerse a las ayudas contempladas en la presente Orden los siguientes Beneficiarios:
- Las pequeñas y medianas empresas que, en el momento de la solicitud, cuenten con uno o más empleados
- Los organismos intermedios
Financiación
Para el ejercicio de 2010 se destinarán los créditos presupuestarios existentes en el IMADE con cargo al Programa de Apoyo a la Innovación de las PyMEs, así como los correspondientes a los aportados para la Comunidad de Madrid en los Presupuestos Generales del Estado.
Las ayudas concedidas de acuerdo con lo regulado en la presente Orden serán cofinanciadas por el FEDER, con una tasa de cofinanciación del 50 por 100, dentro del Eje 1, Tema Prioritario 4: Ayudas para la Investigación y Desarrollo Tecnológico, en particular para las PyMEs, del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid 2007-2013.
Actuaciones subvencionables
Proyectos de innovación en colaboración
- Proyectos presentados por grupos de empresas cuya actividad forma parte de la cadena de valor de un producto, a través de proyectos integrados de gestión logística, medioambiental o energética, y otros proyectos innovadores de implantación conjunta (ingeniería concurrente, diseño distribuido, etcétera) destinados a mejorar procesos y productos de empresas vinculadas por la cadena de valor, así como, en su caso, a la obtención de derechos de propiedad industrial que pudieran derivarse.
Se considerarán aquellos proyectos que, con solicitudes individualizadas de, al menos, tres empresas independientes entre sí (cinco empresas mínimo, en el caso de solicitudes de organismos intermedios) y con sus relaciones formalizadas documentalmente, traten de resolver, de forma lo mas integral posible, la gestión logística, medioambiental o energética de las pymes participantes, preferentemente con soluciones de mercado y cuando no existan o se justifique por la naturaleza del proyecto, con desarrollos a medida.
- Identificación de necesidades tecnológicas conjuntas, desarrollos de soluciones técnicas y organizativas comunes y utilización de servicios avanzados compartidos por grupos de pequeñas y medianas empresas.
En ambos casos, se considerarán aquellos proyectos que, con solicitudes individualizadas de, al menos, tres empresas independientes entre sí (cinco empresas mínimo, en el caso de solicitudes de organismos intermedios) y con sus relaciones formalizadas documentalmente, traten de superar determinadas necesidades tecnológicas comunes.
Proyectos de Innovación Organizativa y Gestión Avanzada
- Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa como:
o Organización de la producción.
o Relaciones con proveedores o clientes.
o Innovación en los modelos de “marketing” y de comercialización.
o Innovación en logística y distribución.
o Integración de los sistemas de gestión empresarial.
Esta adopción de nuevos modelos empresariales estará basada en la implantación de herramientas o soluciones “software” de gestión avanzada y herramientas modulares y parametrizables.
En estos proyectos de implantación se pueden contemplar como gastos subvencionables la inversión efectiva de la herramienta “software” y la consultoría necesaria para la implantación.
La consultoría para desarrollos de “software” a medida tendrá la consideración de costes elegibles cuando estén limitados a pequeñas intervenciones que permitan integración de soluciones y otras particularidades de las PyMEs, adecuadamente justificadas.
- Apoyo a la incorporación de diseño de producto, envase y embalaje, pudiendo incluir elementos de identidad gráfica.
Se considera subvencionable la incorporación de servicios externos de profesionales de diseño industrial e ingeniería de producto necesarios para el desarrollo y puesta en los mercados de los nuevos productos, así como los gastos necesarios para obtener derechos de propiedad industrial.
No se incluye los sectores o actividades que requieren introducir diseño de forma habitual y periódica (inferior al año).
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