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Registro de la jornada laboral y protección de datos

El Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo obliga al empleador a llevar un registro obligatorio de la jornada laboral de su personal.

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El Real Decreto-Ley 8/2019de 8 de marzo obliga al empleador a llevar un registro obligatorio de la jornada laboral de su personal. El 12 de mayo comienza la obligación de llevar este registro

El 12 de mayo de 2019 comienza la obligación de llevar este registro

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha incidido en que el control de la jornada laboral por parte de las empresas debe ser «el menos intrusivo posible».

Este registro debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada empleado por el mecanismo que cada empresa acuerde con los representantes de los trabajadores o en su defecto, el que decida el empresario, y que puede ser desde manual hasta biométrico. El registro debe conservarse durante cuatro años y estar disponibles para el trabajador, sus representantes sindicales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

En cuanto al cumplimiento con el RGPD, hay que informar al trabajador (que no pedir consentimiento).

Si la empresa opta por recabar datos biométricos (huella dactilar, por ejemplo) estamos hablando de un dato de categoría especial y sobre este asunto el RGPD en su articulo 9 establece la prohibición de utilizar datos biométricos, exceptuando varios casos, uno de ellos, en el punto b: «el tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos específicos del responsable del tratamiento o del interesado en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social»

En fin, no hay problema siempre que las medidas de seguridad sobre estos datos sean correctas y, si no lo gestionamos directamente y se hace vía un tercero, hay que tener firmado el oportuno documento.

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Desde hace más de 30 años ha estado ligado y promoviendo actividades relacionando la geología y geociencias con los recursos electrónicos, internet y las redes sociales y científicas. Jefe de administración del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG) desde el año 1990. En 1991-1996 Relaciones públicas y posteriormente responsable de marketing de la revista Tierra y Tecnología del ICOG. En 1993-1996 dirigió la publicación “El Geólogo” y en 1997 fundó “El Geólogo Electrónico”. Coordinador de las ediciones I a III del GEA-CD entre los años 1996 a 1998. GEA-CD | recopilación y difusión de software para docentes y profesionales de las ciencias de la tierra y el medio ambiente en formato CD-ROM. En 2005 implanta el visado electrónico de proyectos en el ICOG. Desde el año 2000 es responsable de calidad del ICOG (ISO 9001). En el ámbito de las webs y redes científicas, es Community manager del ICOG. Webmaster de la revista Tierra y Tecnología, de la página institucional del ICOG y de la Red Española de Planetología y Astrobiología (REDESPA). Ha sido profesor encargado de la Unidad de "Redes y otras plataformas 2.0" del Módulo de Ciencia y Sociedad del curso online de Planetología y Astrobiología, así como en los cursos sobre "Marte" y "Catástrofes Naturales y Eventos de Extinción". Delegado de protección de datos del ICOG desde el año 2018. Experto en digitalización del sector de colegios profesionales. Ha sido distinguido como Geólogo de Honor por la Asamblea General del ICOG el 15 de abril de 2023.

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