El pasado 29 de junio se publicó en el BOE la nueva Ley General de Telecomunicaciones 11/22 que sustituirá a la anterior legislación de 2014. Ojo, no será efectiva su aplicación hasta el 29 de junio de 2023, luego seguiremos recibiendo llamadas a cualquier hora para venderte esto o aquello, de momento.

También podría sancionarse al administrador o representante legal de estas empresas como persona física

El art 66 «Derecho a la protección de datos personales y la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas, con los datos de tráfico y de localización y con las guías de abonados». establece en su apartado 1 lo siguiente:

1. Respecto a la protección de datos personales y la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas los usuarios finales de los servicios de comunicaciones interpersonales disponibles al público basados en la numeración tendrán los siguientes derechos:

a) a no recibir llamadas automáticas sin intervención humana o mensajes de fax, con fines de comunicación comercial sin haber prestado su consentimiento previo para ello;

b) a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales o salvo que la comunicación pueda ampararse en otra base de legitimación de las previstas en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales.

Veremos si en el futuro esto sirve de algo o las empresas encuentran alguna base que legitime su interés y así saltarse el consentimiento previo. En cualquier caso es un paso en la buena dirección.

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Enrique Pampliega
Con más de cuatro décadas de trayectoria profesional, iniciada como contable y responsable fiscal, he evolucionado hacia un perfil orientado a la comunicación, la gestión digital y la innovación tecnológica. A lo largo de los años he desempeñado funciones como responsable de administración, marketing, calidad, community manager y delegado de protección de datos en diferentes organizaciones. He liderado publicaciones impresas y electrónicas, gestionado proyectos de digitalización pioneros y desarrollado múltiples sitios web para entidades del ámbito profesional y asociativo. Entre 1996 y 1998 coordiné un proyecto de recopilación y difusión de software técnico en formato CD-ROM dirigido a docentes y profesionales. He impartido charlas sobre búsqueda de empleo y el uso estratégico de redes sociales, así como sobre procesos de digitalización en el entorno profesional. Desde 2003 mantengo un blog personal —inicialmente como Blog de epampliega y desde 2008 bajo el título Un Mundo Complejo— que se ha consolidado como un espacio de reflexión sobre economía, redes sociales, innovación, geopolítica y otros temas de actualidad. En 2025 he iniciado una colaboración mensual con una tribuna de opinión en la revista OP Machinery. Todo lo que aquí escribo responde únicamente a mi criterio personal y no representa, en modo alguno, la posición oficial de las entidades o empresas con las que colaboro o he colaborado a lo largo de mi trayectoria.

2 COMENTARIOS

  1. Hola, todos pensamos en empresas de servicios tipo Telefónica, Vodafone, Endesa, etc… pero me pregunto que ocurriría en el siguiente caso.
    Pequeña empresa que fabrica persianas y llama a otras empresas del sector para intentar concertar visitas con el departamento de compras y poder programar presentaciones comerciales.
    ¿Sería esto un incumplimiento de la nueva ley? Es práctica habitual de infinidad de pequeñas empresas, primera toma de contacto a través de una llamada como forma rutinaria de dar a conocer nuestra empresa.
    Gracias por sus opiniones.

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