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Entra en vigor la nueva Ley de Servicios Digitales

El 25 de agosto entró en vigor la Ley de Servicios Digitales (DSA). La gran regulación europea que implementa toda una serie de nuevas obligaciones a las grandes tecnológicas.

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La Ley de Servicios Digitales (DSA, en inglés) establece obligaciones claras para los proveedores de servicios digitales, como las redes sociales o los mercados electrónicos, para hacer frente a fenómenos que pueden suponer una amenaza para la sociedad, como la difusión de contenidos ilegales y la desinformación en línea. Los nuevos requisitos son proporcionales al tamaño de las plataformas digitales y a los riesgos que representan para la ciudadanía.

Las nuevas obligaciones incluyen:

  • nuevas medidas para neutralizar los contenidos ilegales en línea, así como requisitos que obligan a las plataformas a intervenir rápidamente, respetando en todo momento los derechos fundamentales, en particular la libertad de expresión y la protección de datos;
  • el endurecimiento de los requisitos de trazabilidad y de los controles a los comercios en línea para garantizar la seguridad de los productos y servicios, incluidos controles aleatorios para evitar que se vuelvan a publicar contenidos ilícitos;
  • el refuerzo de la transparencia y la rendición de cuentas de las plataformas, por ejemplo, mediante la transmisión de información clara sobre la moderación de contenidos o el uso de algoritmos para recomendar contenidos (los denominados sistemas de recomendación); la posibilidad para los usuarios de recurrir las decisiones de los moderadores;
  • la prohibición de prácticas engañosas y de ciertos tipos de publicidad selectiva, como la dirigida a los niños y los anuncios basados en datos confidenciales, así como de las interfaces engañosas o los llamados «patrones oscuros» y de toda práctica diseñada para manipular las elecciones de los usuarios.

Durante demasiado tiempo los gigantes tecnológicos se han beneficiado de la ausencia de reglas

Christel Schaldemose (S&D, Dinamarca)
Eurodiputado encargado de la Ley de Servicios Digitales en el PE

Las plataformas y los motores de búsqueda en línea de mayor tamaño (a partir de 45 millones de usuarios mensuales) entrañan un mayor riesgo. Por este motivo tendrán que cumplir requisitos más estrictos, que la Comisión se encargará de aplicar. Entre ellos destacan la prevención de riesgos sistémicos (como la difusión de contenidos ilícitos, la erosión de los derechos fundamentales y los procesos electorales o el agravamiento de la violencia de género y los problemas de salud mental) y la imposición de auditorías independientes. Además, estas plataformas tendrán que ofrecer a los usuarios la posibilidad de negarse a recibir recomendaciones basadas en la elaboración de perfiles, así como facilitar el acceso a sus datos y algoritmos a las autoridades e investigadores habilitados.

Estas plataformas son un total de diecinueve en este momento: Alibaba AliExpress, Amazon Store, Apple App Store, Bing, Booking.com, Facebook, Google Play, Google Maps, Google Search, Google Shopping, Instagram, LinkedIn, Pinterest, Snapchat, TikTok, Twitter, Wikipedia, YouTube y Zalando. Todas ellas estarán obligadas a facilitar a la Unión Europea sus datos de usuarios como mínimo cada seis meses, y solo abandonarán la lista si caen por debajo de esa magnitud durante más de un año.

Enfrentar la desinformación, abordar las restricciones en la publicidad, moderar contenidos ilegales y asegurar transparencia en los algoritmos. En situaciones donde no cumplan con estas responsabilidades, estas corporaciones de gran envergadura estarán sujetas a posibles multas que podrían alcanzar hasta el 6% de sus ingresos anuales a nivel mundial.

Si hay varios incumplimientos de la Ley, la sanción puede ir más allá de lo económico, llegando a aplicarse una suspensión temporal en la Unión Europea.

La DSA ha comenzado a ser efectiva para las principales plataformas, pero a partir del 17 de febrero de 2024, muchas de estas responsabilidades también se aplicarán a las plataformas con menos de 45 millones de usuarios activos en Europa. En esa fecha, también se requerirá que los países miembros designen a un coordinador de servicios digitales, encargado de supervisar el cumplimiento de la normativa.

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Con más de cuatro décadas de trayectoria profesional, iniciada como contable y responsable fiscal, he evolucionado hacia un perfil orientado a la comunicación, la gestión digital y la innovación tecnológica. A lo largo de los años he desempeñado funciones como responsable de administración, marketing, calidad, community manager y delegado de protección de datos en diferentes organizaciones. He liderado publicaciones impresas y electrónicas, gestionado proyectos de digitalización pioneros y desarrollado múltiples sitios web para entidades del ámbito profesional y asociativo. Entre 1996 y 1998 coordiné un proyecto de recopilación y difusión de software técnico en formato CD-ROM dirigido a docentes y profesionales. He impartido charlas sobre búsqueda de empleo y el uso estratégico de redes sociales, así como sobre procesos de digitalización en el entorno profesional. Desde 2003 mantengo un blog personal —inicialmente como Blog de epampliega y desde 2008 bajo el título Un Mundo Complejo— que se ha consolidado como un espacio de reflexión sobre economía, redes sociales, innovación, geopolítica y otros temas de actualidad. En 2025 he iniciado una colaboración mensual con una tribuna de opinión en la revista OP Machinery. Todo lo que aquí escribo responde únicamente a mi criterio personal y no representa, en modo alguno, la posición oficial de las entidades o empresas con las que colaboro o he colaborado a lo largo de mi trayectoria.

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