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La AEPD crea una guía para el uso responsable de sistemas biométricos en el control de presencia

El Reglamento General de Protección de Datos impone límites estrictos para el tratamiento de esta categoría especial de datos, y la superación del análisis de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado una guía sobre el uso de sistemas biométricos para el control de presencia, tanto en contextos laborales como no laborales. El documento establece criterios para garantizar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y otras normativas al utilizar tecnología biométrica.

El documento fija los criterios de uso de esa tecnología tanto con fines laborales como no laborales 

La guía destaca que los sistemas biométricos, junto con la inteligencia artificial, están evolucionando rápidamente, recopilando información detallada incluso sin la cooperación consciente de las personas. La AEPD considera el tratamiento de datos biométricos como de alto riesgo y que involucra categorías especiales de datos, requiriendo condiciones específicas para su legitimación según el RGPD.

En el caso de control de acceso y registro de jornada laboral, el consentimiento no puede levantar la prohibición, y se necesita una norma con rango de ley para autorizar el uso de datos biométricos. Para el control de accesos no laborales, el consentimiento tampoco es suficiente debido al riesgo asociado.

La utilización de datos biométricos supone un tratamiento de categorías especiales de datos de alto riesgo

La guía impone restricciones en tratamientos biométricos con decisiones automatizadas sin intervención humana, y exige una Evaluación de Impacto para la Protección de Datos antes de iniciar el tratamiento biométrico. Además, proporciona un conjunto de medidas a seguir, como informar a las personas sobre el tratamiento, implementar la revocación del vínculo biométrico, usar cifrado para proteger la confidencialidad, y aplicar la minimización de datos, entre otros requisitos de cumplimiento del RGPD.

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Con más de cuatro décadas de trayectoria profesional, iniciada como contable y responsable fiscal, he evolucionado hacia un perfil orientado a la comunicación, la gestión digital y la innovación tecnológica. A lo largo de los años he desempeñado funciones como responsable de administración, marketing, calidad, community manager y delegado de protección de datos en diferentes organizaciones. He liderado publicaciones impresas y electrónicas, gestionado proyectos de digitalización pioneros y desarrollado múltiples sitios web para entidades del ámbito profesional y asociativo. Entre 1996 y 1998 coordiné un proyecto de recopilación y difusión de software técnico en formato CD-ROM dirigido a docentes y profesionales. He impartido charlas sobre búsqueda de empleo y el uso estratégico de redes sociales, así como sobre procesos de digitalización en el entorno profesional. Desde 2003 mantengo un blog personal —inicialmente como Blog de epampliega y desde 2008 bajo el título Un Mundo Complejo— que se ha consolidado como un espacio de reflexión sobre economía, redes sociales, innovación, geopolítica y otros temas de actualidad. En 2025 he iniciado una colaboración mensual con una tribuna de opinión en la revista OP Machinery. Todo lo que aquí escribo responde únicamente a mi criterio personal y no representa, en modo alguno, la posición oficial de las entidades o empresas con las que colaboro o he colaborado a lo largo de mi trayectoria.

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